La prohibición de fumar en lugares cerrados de trabajo y de acceso público entra este miércoles en vigencia en el país, luego de la publicación en el boletín oficial de la ley nacional de control de tabaco que establece ambientes 100 por ciento libres de humo.
La vigencia de los ambientes libres de humo abarca, de acuerdo a lo establecido en la ley, a los lugares cerrados de acceso público y de trabajo y también medios de transporte público de pasajeros.
De acuerdo al artículo 37 de la norma los puntos referidos al empaquetado de cigarrillos y la obligación de exhibir en los atados una imagen y un mensaje sanitario que describa los efectos nocivos del consumo de tabaco, será dentro de un año.
En tanto, que en seis meses las tabacaleras tendrán totalmente prohibida la publicidad de sus productos, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación; y tampoco podrán auspiciar actividades o eventos públicos.
La ley establece que quienes la incumplan podrán ser sancionados con una multa en moneda de curso legal equivalente al valor de 250 hasta 1000 paquetes de cigarrillos de 20 unidades, de los de mayor precio comercial en el mercado, pero en caso de reincidencia asciende al valor de 2500 paquetes.