Educación
08/01/2015 - 10:17:36



Ley de obligatoriedad de salas de 4 años


La nueva norma publicada ayer en el Boletín Oficial convierte en obligatoria la sala de 4 años y universaliza la de 3 luego de haber obtenido el respaldo unánime en la Cámara Baja el 22 de octubre pasado y la sanción definitiva en el Senado, el 3 de diciembre.

“Es de gran trascendencia para toda la sociedad haber logrado 14 años de educación obligatoria Estamos apostando al futuro, porque esta es una medida que impacta directamente en una mejor trayectoria escolar, un ingreso más preparado al nivel primario y un egreso en mejores condiciones del nivel secundario”, destacó el ministro de Educación Alberto Sileoni.

El titular de la cartera educativa nacional aseguró, además, que “el primer obligado a cumplir la ley siempre es el Estado. Somos responsables de generar las condiciones para que los niños y niñas argentinos, y sus familias, puedan ejercer plenamente este derecho”.

"Con esta ley la sociedad argentina da un paso fundamental en la construcción de un sistema educativo más justo, igualitario y de calidad", detalló Sileoni a través de su cuenta de Twitter y agregó que "en la última década pasamos de 10 a 14 años de educación obligatoria y se incorporaron al nivel inicial 306.000 niños en todo el país.

El ministro precisó, además, que “hace unos años hablábamos de preescolar, de algo que ocurría ‘antes de la escuela’, hoy el nivel inicial es una etapa en sí mismo, con complejidades, logros y objetivos propios; con personal capacitado para desempeñarse idóneamente y recursos que promuevan el desarrollo pleno de los niños y niñas y la conquista de aquellos logros y objetivos”.

El funcionario destacó también que la entrada en vigencia de la norma implica “un esfuerzo específico del Estado orientado hacia los sectores sociales más desfavorecidos; hacia esas madres que llevan adelante sus hogares solas, y necesitan la tranquilidad de que sus chicos están en el mejor lugar en el que pueden estar: la escuela”.

La ley 27.045 cambió el artículo 16 de la ley de educación nacional, que establecía la obligatoriedad escolar desde los cinco años y modificó los artículos 18 y 19, al establecer el nivel inicial como una unidad pedagógica desde los 45 días a los 5 años, siendo obligatorios los dos últimos

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