Política
06/07/2015 - 09:19:20



El PRO se compromete con proteccionistas


El viernes 3 de julio el Dr. Adolfo Suárez Erdaire, representante y pre-candidato a Intendente por el PRO (Propuesta Republicana) junto al equipo de trabajo mediante la firma ante la entidad pública (Registro Publico de Comercio) del Acta de Compromiso han asumido el mismo, como espacio político de cumplir cabalmente en una futura gestión municipal con la Ordenanza 8185/12 referida a la Sobrepoblación Canina y Felina de la ciudad.

En primer lugar, se agradece a todos los proteccionistas y ONG que se acercaron a nuestro espacio político a fin de concientizarnos sobre esta problemática que enfrenta hoy nuestra ciudad y acercarnos la normativa que reglamenta y establece soluciones a la misma.

Se transcribe el texto del Acta de Compromiso suscripta por el Pre-candidato a Intendente por el PRO. Adolfo Suárez Erdaire : “......San Nicolás de los Arroyos, Viernes 3 de Julio del 2015.- Quien suscribe, Adolfo M. Suárez Erdaire, representante y pre-candidato a Intendente por el PRO (Propuesta Republicana) en esta ciudad; se presenta ante esta entidad pública (Registro Publico de Comercio) a firmar la presente Acta de Compromiso, para efectivizar en caso de ganar las elecciones en el mencionado partido, el cumplimiento estricto con todos los Artículos de la Ordenanza 8185/12 que trata la Superpoblación Animal, junto al compromiso que asuman las entidades protectoras de animales.- Se suscribe la presente Acta de Compromiso en San Nicolás de los Arroyos a los 3 días del mes de Julio del año 2015.-“

Mediante dicha Ordenanza se declara al partido de San Nicolás de los Arroyos “Municipio no eutanásico”, adhiriéndose a la ley 13.879 de la provincia de Buenos Aires.

Se establece en el Art. 5º de la Ordenanza 8185/12 que el “Centro Municipal de Salud Animal y Zoonosis” (C.M.S.A.Z).llevará adelante las castraciones Quirúrgicas, que deberán ser ( Masivas: ya que deberán abarcar el mayor número de animales en el menor tiempo posible; Sistemáticas: Deberán ser sostenidas en el tiempo, ininterrumpidas, con horarios accesibles para la población; Extendidas: Deberán practicarse sobre la totalidad del partido, para lo que se utilizará el tráiler veterinario y/o se acondicionarán espacios físicos para tal fin, con difusión previa en medios de comunicación, fomentando la participación de comisiones vecinales y entidades proteccionistas en las jornadas de castración y su publicidad; Gratuitas: La gratuidad del servicio es indispensable para estimular a la población a castrar a sus mascotas.). Se deben llevar a cabo 593 castraciones mensuales, mientras que hoy en día solamente se realizan 190 castraciones mensuales.

Nuestra ciudad, cuenta con una superficie de 580 KM2, con una población Humana de 150.000 habitantes aproximadamente, siendo la población Canina y Felina de 55.000 aproximadamente (domiciliarios, semidomiciliarios y callejeros); de haberse implementado por parte del Estado Municipal la presente Ordenanza la población considerable sería de 25.000 Caninos y Felinos y no estaríamos en la situación que hoy estamos. (En los últimos seis meses se han registrado 2100 cachorros de perras callejeras y 600 cachorros de perras domiciliarias).

Instrumentar una mesa de trabajo mensual con la participación de las ONGs y entidades de bien Público dedicadas a la temática animal, con el fin de proponer, monitorear y evaluar las acciones a llevar a cabo. (Art. 8º - Ordenanza 8185/12)

Instrumentar semestralmente un cronograma de recorrido de un móvil sanitario para realizar castraciones. (Art. 13º - Ordenanza 8185/12)

Efectuar campañas permanentes de vacunación antirrábicas y tratamiento antiparasitario, campañas educativas de concientización acerca del bienestar animal ( tenencia responsable y maltrato de animales ), de la importancia del control de natalidad animal como único medio de logar un equilibrio poblacional, y para favorecer la adopción de animales abandonados. (Arts. 15º y 17º - Ordenanza 8185/12)

Instrumentar el “Centro de rehabilitación y Asilo de Animales” (C.R.A.A. ) cuya finalidad es la de brindar asilo temporal a aquellos animales que por su condición de ancianos , enfermos o mordedores , sea conveniente para su bienestar el alojamiento por tiempo determinado fuera de su hábitat natural a fin de su rehabilitación o recuperación, hasta reinserción en el hábitat, adopción o registro como comunitario. (Arts. 19º y 20º - Ordenanza 8185/12)

Actualmente el Asilo de Animales ancianos, enfermos y mordedores ha sido desmantelado por la actual gestión municipal; el cual funcionó 41 años en su predio de calle Rucci.

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