Interes General
22/11/2016 - 10:21:49



El DNI será obligatorio en colectivos de larga distancia


El Gobierno nacional oficializó la creación del "Régimen de Control de Identificación de Pasajeros" de los servicios de transporte automotor de carácter interjurisdiccional, que comenzará a partir del 8 de diciembre y obliga a los pasajeros a portar su DNI.

La medida, comunicada con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 76 - E/2016 del ministerio de Transporte, alcanza a "los servicios públicos de transporte de pasajeros por automotor de carácter interjurisdiccional, a los servicios autorizados de Tráficos Libres, a los servicios Ejecutivos y a los servicios de transporte para el Turismo".

El nuevo régimen sirve para completar el sistema de control instaurado en 2005 a través del cual las empresas de transporte están obligadas a asentar en los boletos los datos personales del pasajero.

En ese marco, el nuevo sistema establece en su artículo 4 que los pasajeros "deberán portar documento nacional de identidad, cédula de identidad o pasaporte, a fin de acreditar su identidad para el uso del servicio de transporte".

Además, la medida establece que "en caso de presentarse un pasajero que no portase el documento de identidad correspondiente, no podrá abordar el servicio, salvo el supuesto en acreditare haber formulado la correspondiente denuncia o exposición de extravío, robo o hurto de la documentación requerida para abordar el servicio y contare con el correspondiente certificado de documento en trámite".

Volver



ENCUESTA