“Efectivo Si”, tal como hacen muchas empresas del mercado, establece en los contratos que hacen firmar a sus clientes que, en caso de atraso en el pago de sus obligaciones, deberán pagar sumas de dinero que varían según el monto de la deuda y el tiempo de atraso (además de los intereses por mora).
La Asociación de Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) al igual que todo el movimiento de defensa del consumidor, sostiene que este tipo de cargos por gestión de cobranzas -o denominación similar- son totalmente ilegales por resultar cláusulas abusivas prohibidas por el art. 37 de la Ley de Defensa del Consumido.
Básicamente lo que las empresas hacen con estos cargos es trasladar costos internos de la estructura empresaria a los consumidores, produciendo un desequilibrio irrazonable entre ambas partes.
Recordemos que las tareas de cobranzas o recupero de deudas, son tareas voluntarias de las empresas. O sea, no están obligadas a realizarlas sino que tienen que ver con una decisión empresarial. Por tanto si son voluntarias, no resulta legal que esos costos sean soportados por los deudores.
Ante esta situación UCU inició demanda colectiva ante los tribunales de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos impugnando el cargo en el año 2012. En ese juicio solicitan a la justicia que “Efectivo Si” cese en su cobro y reintegre las sumas percibidas indebidamente de manos de los consumidores afectados.
En el marco del juicio colectivo iniciado por la asociación, la pericia contable notificada a las partes a fines de 2016 dictaminó que la empresa Compañía Financiera Argentina (conocida como Efectivo Si) cobró durante el lapso que va del año 2003 a principios de 2015 la inédita suma de $ 297.000.000 en concepto de “cargo de gestión de cobranzas” a sus clientes morosos.
Más allá del pedido judicial efectuado, que llevará enorme tiempo resolverse, desde UCU queremos convocar a la comunidad de consumidores de nuestro país a dejar de efectuar operaciones en los locales de “EFECTIVO SI” hasta tanto la empresa no cese con este tipo de conductas y efectúen el reintegro correspondiente a los consumidores afectados.
Nota completa: http://ucu.org.ar/290-millones-de-razones-para-no-entrar-a-efectivo-si/