El próximo 13 de Agosto se celebrarán elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias en la República Argentina
Las elecciones primarias son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.
Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Cómo se vota en las Elecciones Primarias ?
Para que el voto sea válido hay que poner un sólo candidato elegido por categoría: una sola boleta o lista de candidato a presidente, una sola boleta de candidatos a diputados, y una sola boleta de candidatos a senadores si corresponde.
Cualquier sobre con más de una opción por categoría, será considerado “nulo”.
¿Qué son los votos válidos, nulos, recurridos e impugnados?
* Los votos válidos son los emitidos mediante boleta oficializada aun cuando tuvieran tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones (borratina). Si un mismo sobre contuviera dos o más boletas oficializadas correspondientes al mismo partido y categoría de candidatos, solo se computará una de ellas destruyéndose las restantes.
* Los votos nulos son aquellos emitidos mediante boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza. También son los emitidos mediante boleta oficializada que contenga inscripciones o leyendas; mediante dos o más boletas de la misma categoría de candidatos y diferente agrupación política; mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir y cuando en el sobre juntamente con la boleta se hayan incluido objetos extraños a ella.
* Los votos recurridos son aquellos cuya validez o nulidad fuere cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicios como “voto recurrido” y será escrutado oportunamente por la Junta, que decidirá sobre su validez o nulidad.
* Los votos impugnados se refieren a aquellos emitidos por un elector cuya identidad ha sido cuestionada por las autoridades de mesa o los fiscales.
¿Cuál es la función del voto en blanco?
– El voto en blanco es un voto válido, por cuanto representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio. Es una herramienta con la que cuentan los electores para manifestar su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos.