El artículo 17 del Decreto 726/2020, publicado el 4 de septiembre de 2020, no admite otras interpretaciones: “Todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas Ronda 2020, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 17.622″.
El artículo 15 de la Ley N° 17.622, sancionada el 25 de enero de 1968, publicada en el Boletín Oficial seis días después y que instrumenta la creación del Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), es conciso: “Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas de cinco mil ($ 5000) a quinientos mil pesos ($ 500.000), conforme al procedimiento previsto en la reglamentación de la presente ley, quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional. Los importes mínimos y máximos previstos en el presente artículo se reajustarán semestralmente, el primero de enero y el primero de julio de cada año en función de los incrementos habidos en los semestres que vencen el treinta y uno de diciembre y el treinta de junio, de conformidad con la variación operada en el nivel general de precios al por mayor en dichos períodos”.
Los importes mínimos y máximos de las multas fueron actualizados de manera efectiva el 23 de febrero de este año en la resolución N° 35/2022 del Indec. Las penalizaciones por falsear o producir con omisión maliciosa la información solicitada irán desde 1.076,36 hasta 106.799,35 pesos, según la gravedad del fallo.
No hay modo de cotejar la veracidad de los datos, como tampoco hay justificativo para brindar información falsa. El cuestionario no pide DNI ni apellidos de las personas censadas dado que rige el secreto estadístico: toda la información es confidencial y se brindará de forma agregada. En la carga online existen mecanismos automáticos capaces de cotejar datos erróneos que restringirán la finalización del formulario hasta que sean corregidos. En cambio, en la carga manual ya no.
Es la primera vez que el censo es bimodal: la fase digital antecede a la tradicional, la presencial. La primera culminará a las ocho de la mañana del miércoles 18 de mayo, cuando empiece -automáticamente- el recorrido de los cerca de 600 mil personas censistas asignados al operativo que visitarán todas las casas del país en un mismo día. Quienes no hayan respondido el cuestionario online, podrán contestar las preguntas en la entrevista directa con el censista porque el censo digital no reemplaza al censo tradicional: lo que hace es reducir los tiempos de la visita y del procesamiento de datos.
Lavagna anunció, también, que cerca del 40% de las viviendas ya se han censado de forma digital. Ese número representa a casi 18 millones de personas que experimentaron la carga de datos por internet. Las cifras ya califican de “exitosa” la implementación del esquema bimodal. “Los censos son la herramienta que permite planificar a largo plazo hacia dónde queremos ir como país”, destacó el funcionario antes de remarcar que “es importante contar con buenos censos, con datos de calidad e información para la toma de decisiones”.
Fuente: Infobae