La Secretaría de Energía extendió a partir de este 1° de agosto el plazo del proceso de inscripción para acceder a los subsidios a la energía eléctrica y al gas natural que había cerrado este domingo.
Si bien la inscripción al Registro de Accesos a los Subsidios a la Energía (RASE) tenía como fecha de cierre el 31 de julio, Energía resolvió que “desde el 1 de agosto el formulario de inscripción va a permanecer abierto para todas aquellas personas que aún no se hayan inscripto, independientemente del número de DNI”.
Por otra parte, los nuevos cuadros tarifarios para ambos servicios, establecidos a partir de este mes, comenzarán a regir una vez se hayan publicado las respectivas resoluciones en el Boletín Oficial, lo cual se espera que suceda en los próximos días.
Los aumentos de luz y gas solamente serán aplicados a los usuarios del nivel 1, de mayores ingresos, y a aquellos que no hayan completado el formulario de inscripción al RASE, en tanto los niveles 2 (ingresos medios) y 3 (menores ingresos) no tendrán ninguna modificación respecto de la tarifa que estaban abonando.
¿Cómo queda el cuadro tarifario?
Los usuarios del nivel 1 comenzarán a pagar la tarifa plena (sin subsidios) de manera gradual en un proceso que culminará a fin de año y que reflejará un incremento promedio de $1.200 mensuales a partir de septiembre hasta completar unos $3.500 desde enero de 2023.
Esta franja de usuarios deberá reunir al menos una de estas condiciones: ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (actualmente $ 364.758,80), ser titular de tres o más automóviles con antigüedad menor a 5 años, de tres o más inmuebles, de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Los usuarios de menores ingresos, adheridos a la tarifa social, ya tuvieron en el primer semestre un incremento total del 21,6%, equivalente al 40% de la evolución del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año pasado.
Los usuarios de esta franja tienen ingresos inferiores a una CBT ($ 104.216,80), un integrante en el hogar con certificado de vivienda del Renabap (Registro Nacional de Barrios Populares), un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado y al menos un integrante con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Si entre los integrantes del hogar hay al menos uno que posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente, los ingresos totales para ser incluido en el nivel 2 se elevará al equivalente a 1,5 CBT ($ 156.325,20).
Por otra parte, a los usuarios de ingresos medios les aplicarán un aumento total de 42,7% (80% del CVS de 2021). En este caso, para ser incluidos en el nivel 3 no tendrán que reunir las características de los otros dos niveles, salvo que se trate de usuarios el nivel 2 pero sean propietarios de 2 o más inmuebles o de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Los niveles 2 y 3 seguirán teniendo, en distintas proporciones, tarifas con subsidios, entendidos por la Secretaría de Energía como “una herramienta del Estado para el cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación”, según los considerandos del decreto 332/2022.