Por Martín Brignoli
Si pagan las compras básicas con tarjeta de débito, en vez de usar billetes, el Estado luego les devolverá el 15% de lo abonado.
Por ejemplo, si usan el plástico para realizar un gasto de $6.000, recibirán un reintegro de $900. Si pagan $10.000 en distintos negocios para llevar mercadería al hogar, unos $1.500 regresarán al bolsillo.
Y luego de abonar $27.000 con débito a lo largo del mes, hay quienes recibirán incluso más de $4.000 en devoluciones.
Esto vale para consumos en supermercados, minimercados, almacenes, kioscos, carnicerías, granjas, pescaderías, verdulerías, panaderías y otros comercios minoristas y mayoristas que vendan productos de primera necesidad a consumidores finales.
El beneficio, surgido de la ley de emergencia 27.541 y recientemente extendido por la AFIP hasta el 30 de junio de 2023, no es para todos, sino que apunta a aliviar a sectores vulnerables como los adultos mayores de menores.
Para acceder a la devolución es necesario pagar con TARJETA DE DÉBITO en vez de usar efectivo.
¿Quiénes pueden acceder las devoluciones del 15% y cuáles son sus topes?
Los reintegros, aplicables a compras con débito y también a pagos con códigos QR vinculados a esa misma tarjeta, son exclusivamente para:
-Jubilados que cobran el haber mínimo (ahora de $ 50.124).
-Pensionados por fallecimiento que cobran la mínima.
-Beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales mínimas (por invalidez, vejez, tener 7 o más hijos, etc.).
-Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
-Titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE).
La devolución máxima mensual, según confirmó la AFIP, seguirá siendo durante el primer semestre de 2023 de unos $ 2.028 por beneficiario, lo que se logra haciendo una o más compras que sumen $ 13.520.
Sin embargo, para titulares de la AUH con dos hijos o más los reintegros podrán sumar hasta $ 4.057 por mes, tope al que llegarían si gastan $ 27.047 con la tarjeta.
También se puede acceder al reintegro pagando con QR desde una billetera virtual.
¿Quiénes quedan excluidos del reintegro del 15% a las compras con débito?
La AFIP aclara que no pueden acceder al beneficio:
-Los jubilados que superen el haber mínimo.
-Quienes trabajen en relación de dependencia o como autónomos.
-Monotributistas, salvo los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, al monotributo social y otras excepciones.
-Quienes tengan ingresos declarados en el Impuesto a las Ganancias o paguen el Impuesto a los Bienes Personales por bienes que no sean la vivienda única.
Paso a paso, ¿Cómo consultar online si puedo acceder a los reintegros del 15%?
La AFIP tiene una web para resolver dudas sobre el reintegro del 15% a las compras con débito.
Ante la duda, cualquier persona puede confirmar por Internet, ante la AFIP y en segundos, si le corresponde el beneficio. Los pasos son:
1°. Entrar al sitio web de AFIP que reúne toda la información sobre el beneficio: www.afip.gob.ar/reintegro
2°. Buscar el recuadro de "Beneficiarios" y apretar el botón de "Consultar".
El formulario que permite verificar si se accede a los reintegros.
3°. Escribir los 11 dígitos de la clave CUIL o CUIT.
4°. Copiar el código de seguridad y tocar el botón "Consultar".
Si el CUIT o el CUIL ingresado corresponde a un beneficiario el sistema confirmará que está "incluido". De lo contrario, dirá "no incluido" y habrá una breve explicación sobre el motivo y las vías para reclamar.
¿Los beneficiarios deben hacer algún trámite especial para activar los reintegros?
No. Se acreditan de manera automática, dentro de las 48 horas hábiles, cada vez que la persona hace una compra en comercios de los rubros incluidos.
Eso sí, deben usar la misma la tarjeta de débito que les sirve para cobrar cada mes la jubilación, la pensión o la asignación.
Si se aprovecha el beneficio, los reintegros conseguidos aparecerán en el resumen de la cuenta bancaria con la leyenda "Reintegro Solidaridad Ley N° 27.541".