Por Martín Brignoli
Semanas atrás en sesiones extraordinarias, la Cámara de Diputados de la Nación dio sanción al proyecto de nueva moratoria previsional, que se ha convertido en ley. Sobre el tema desde EL INFORMANTE, detallamos aspectos importantes de la nueva legislación.
En cuanto a los requisitos para personas en edad jubilatoria, ¿quiénes pueden acceder?
Pueden acceder mujeres con 60 años y hombres con 65 años de edad cumplidos; derechohabientes con derecho a pensión. En todos los casos, deberá pasar el interesado un análisis socioeconómico, conforme la reglamentación determine.
¿Cuáles son las características principales de la nueva moratoria?
Pueden regularizarse (comprarse) años de servicio hasta el 31 de diciembre de 2008, al solo fin de acreditar el mínimo requerido para tener derecho a PBU (30 años). Cada Unidad de Pago de Deuda Previsional (UPDP) representa un mes de servicios, y tiene un valor equivalente a 29% de la Base Imponible Mínima (BIM) vigente al momento de la regularización. A valores de marzo del presente año, la BIM es de $19.758,50; consecuentemente, el valor de cada UPDP sería de $5.729,97.
El Plan de Pago de Deuda Previsional (PPDP) podrá cancelarse en hasta 120 cuotas mensuales, en la forma y con la actualización o interés que la reglamentación determine. Las cuotas se descontarán del haber jubilatorio mensual.
La prestación obtenida mediante PPDP será incompatible con el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza, contributiva o no contributiva, salvo que se trate de una única prestación contributiva igual o inferior al haber jubilatorio mínimo vigente. (A partir del mes de marzo, la jubilación mínima es de $58.665,40)
Con relación a los trabajadores en actividad en etapa prejubilatoria: ¿quiénes pueden acceder?
Mujeres de entre 50 y 59 años de edad y hombres de entre 55 y 64 años de edad. En ambos casos deben acreditar ingresos que permitan justificar el pago de la Unidad de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP)
¿Cuáles son las características principales?
Pueden regularizarse (comprarse) años de servicio hasta el 31 de marzo de 2012; al solo fin de acreditar el mínimo requerido para tener derecho a PBU (30 años). Cada UCAP tiene un valor equivalente a 29% de la BIM vigente al momento del efectivo pago, independientemente del periodo al cual aplique. A partir de marzo, el valor es de $5.729,97
La antigua moratoria ¿sigue vigente?
Todavía se encuentra vigente la vieja moratoria de ley 24476, que tiene carácter permanente y permite regularizar (comprar) aportes desde la fecha de su 18º cumpleaños hasta el 30 de septiembre de 1993. No hay distinción entre hombres y mujeres al respecto, que deben tener 65 y 60 años de edad cumplidos, respectivamente. Con el transcurso del tiempo esta moratoria tiene su vencimiento que operará de manera «natural» con el paso de los años.
¿Qué pasa con las moratorias vencidas – no vigentes?
La de ley 26970, que venció el 31 de diciembre pasado, permitía regularizar (comprar) aportes desde la fecha de su cumpleaños Nº 18, hasta el 31 de diciembre de 2003. En su última etapa, sólo podía ser utilizada por mujeres.
La ley 25994 (que permitía la compra de aportes hasta 12/03), en su última etapa de vigencia se aplicó únicamente a todos aquellos hombres que durante el transcurso del año 2004 habían cumplido 65 años de edad.
Finalmente, ¿podría recordarnos que es la PUAM?
Sí, por supuesto. Quienes no pueden acceder a las moratorias vigentes, actualmente tienen la opción de acceder a la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), con 65 años de edad cumplidos, sin distinción de género, para obtener un haber equivalente al 80% del haber jubilatorio mínimo. A valores de marzo/23 la PUAM será de $46.932.30.