La justicia condenó a la empresa Atanor a pagar una indemnización por 150.000.000 de pesos por contaminación en el río Paraná.
El texto de la sentencia dice lo siguiente:
Por los fundamentos expuestos en el Acuerdo que antecede, se resuelve:
Artículo 1º.- Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto en fecha 13/3/2023 11:11:41 a.m. por la parte actora, condenando a la demandada a pagar en el término de veinte días de notificada la presente una indemnización sustitutiva por la suma de Ciento cincuenta millones de pesos ($ 150.000.000), más los intereses fijados y a los fines y destino dispuestos en el punto X.
Artículo 2°.- Rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 13/3/2023, 8:12:18 a.m.
Artículo 3º.- Ampliar las medidas ordenatorias, disponiendo que la Autoridad del Agua deberá también efectuar mediciones y evaluaciones en el río Paraná y en cercanía del lugar del vuelco de la empresa demandada para determinar los niveles de atrazina y sus metabolitos, cotejados con los niveles de guía Nacionales de Calidad de Agua Ambiente de la Subsecretaria de Recursos Hídricos.
Artículo 4°.- Ampliar el pronunciamiento apelado disponiendo que la implementación de la recomposición del suelo se adecue a la resolución 95/14 del OPDS (actual Ministerio de Ambiente) reglamentario de la ley 14.343.
Artículo 5°.- Dejar sin efecto la regulación de honorarios y base computada a tal efecto, debiendo la jueza a quo, una vez devueltos los presentes, realizar el gesto retributivo en base a las pautas mencionadas en el Considerando XVII.
Artículo 6°.- Imponer las costas de alzada a la parte demandada perdidosa.