Este miércoles el Tribunal Correccional 2, por mayoría de opiniones de las Dras. Baquedano y Díaz Bancalari, dictó un veredicto condenatorio en el que se tuvo por acreditado "que el día 2 de agosto de 2020, previo a la hora 1.40, en inmediaciones del domicilio de calle Verdi 1835 del Barrio Las Mellizas, José Luis Rodríguez y al menos dos o tres personas más, dispararon armas de fuego contra Rodolfo Ariel Rial produciéndole un hemo neumotórax por herida de arma de fuego lo que produjo su muerte”.
También se acreditó que "dispararon armas de fuego contra Sergio David Rial, produciéndole fracturas de tibia y peroné en la pierna derecha por lesión ocasionada con dichas armas, generándole una incapacidad de trabajar por más de treinta días".
Por mayoría de opiniones de las Dras. Baquedano y Díaz Bancalari "se ha probado que autor de los hechos acreditados es el procesado José Luis Rodríguez, junto a otros sujetos que no están sometidos a proceso" .
Por lo tanto, el Tribunal resolvió: "Condenar al procesado José Luis Rodríguez por ser coautor del delito calificado como homicidio en agresión agravado por el uso de arma de fuego y lesiones en riña, agravadas por el uso de arma de fuego, en los términos del art. 95, 41 bis y 55 del Código Penal, a la pena de cinco (5) años de prisión, más accesorias legales y costas del proceso, del cual resultaron víctimas Rodolfo Ariel Rial y Sergio David Rial".
Para la Dra. Laura Mercedes Fernández los hechos en juzgamiento constituyeron un homicidio y lesiones agravados por el uso de arma de fuego, descartando que se den los presupuestos del homicidio en riña.