El Tribunal Oral en lo Criminal de San Nicolás condenó a la pena de tres años de prisión en suspenso a un hombre de 40 años que fue acusado de abusar sexualmente de la hija de su expareja cuando la niña tenía entre 5 y 10 años.
La pena “en suspenso” significa que el imputado, que llegó al juicio en libertad porque la había recuperado tras ser detenido para la indagatoria, no deberá cumplirla en prisión en unidad carcelaria, aunque tendrá que cumplir recaudos legales para seguir libre.
La fiscal Viviana Ramos había pedido diez años de prisión tras acusarlo de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante.
Sin embargo, los elementos probatorios, los testimonios y ciertas contradicciones en la declaración en Cámara Gesell inclinaron al Tribunal para que la condena fuera por el delito de “abuso sexual simple (el antiguo “tocamiento) agravado por la convivencia”.
El condenado no podrá mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, debe someterse a tratamiento psicológico y al control del Patronato de Liberados, y tiene prohibido el consumo de estupefacientes o el abuso de bebidas alcohólicas.
Diego G., oriundo de San Pedro, fue denunciado en junio de 2020 por quien entonces era su pareja. Fue luego de que la hija de la mujer le dijera que tenía que contarle “algo malo” que le había ocurrido con él. Esa noche, recibió una golpiza por parte de familiares de la víctima.
Un año más tarde, tras la declaración en Cámara Gesell, la Justicia ordenó detenerlo. La DDI lo apresó y lo puso a disposición de Fiscalía para la declaración indagatoria.
El Juzgado de Garantías no accedió en ese momento a la solicitud de prisión preventiva, por eso llegó al juicio en libertad.