Hasta la fecha, el piso estaba establecido en $506.230 mensuales, lo que implicaba que más de un millón de trabajadores se veían alcanzados por el gravamen.
Esta es la segunda modificación en el mínimo no imponible en lo que va del año, representando un aumento del 38,51% respecto al piso anterior. La medida busca compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores debido a la inflación y el reclamo de los principales gremios.
El cálculo para establecer el nuevo mínimo no imponible se basó en la variación del Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre octubre de 2022 y febrero de 2023, que fue del 25,29%, y el aumento de este índice en un 38,45% durante marzo, abril, mayo y junio.
A partir del 1º de agosto de 2023, no se realizarán retenciones por el Impuesto a las Ganancias para aquellos trabajadores cuyas remuneraciones brutas no superen los $700.875 mensuales. En caso de que el sueldo bruto se encuentre entre $700.875 y $808.101, se computará una deducción especial incrementada.
Esta medida tiene como objetivo aliviar la carga fiscal de los trabajadores y promover un mayor poder adquisitivo. Se estima que más de 300.000 empleados en relación de dependencia se verán beneficiados por esta actualización del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a partir de agosto.