A partir de esta semana, los trabajadores tendrán la posibilidad de ejercer su derecho a elegir entre una obra social o una empresa de medicina prepaga para destinar sus aportes salariales obligatorios. Esta medida, dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70, estará vigente a partir del próximo mes de abril y marca un cambio significativo en el sistema de salud del país.
La reglamentación detallada de esta desregulación, contemplada en el mencionado decreto, será publicada en los próximos días. Según fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud, esta nueva normativa establecerá que la opción de elección entre entidades privadas de salud comenzará a regir desde el primer día del segundo mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
El DNU 70, firmado por el presidente Javier Milei en diciembre del año pasado, incorpora a las empresas de medicina prepaga al régimen de la ley 23.660 de obras sociales, permitiéndoles recibir aportes del sistema de seguridad social. Sin embargo, hasta el momento, esta decisión no se había puesto en práctica, generando expectativas y debates en el ámbito sindical.
La libre opción entre obras sociales y prepagas también implica cambios en el período de permanencia de los trabajadores en una entidad sindical de la actividad correspondiente al inicio de una nueva relación laboral. A partir de ahora, no será necesario esperar un año completo para poder elegir, sino que desde el primer momento podrán ejercer su derecho de elección.
Este cambio en el sistema de salud busca poner fin a las obras sociales que no brindan prestaciones efectivas y funcionan como meros intermediarios. Además, se espera que contribuya a una mayor competencia en el sector y a la mejora en la calidad de los servicios prestados a los usuarios.