La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó cuáles son los nuevos límites para operar con billeteras virtuales desde mayo sin tener que dar aviso a la entidad.
Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la agencia de recaudación de impuestos. Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la AFIP.
En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la AFIP cuando superen los $400.000.
Estos límites son aplicables tanto para transacciones entre cuentas de Mercado Pago como para movimientos entre diferentes billeteras virtuales y bancos.
Fuente: Diarios Bonaerenses