Por Dr. Martín Brignoli
La Asociación de Supervisores de la Industria Metalmecánica de la República Argentina (Asimra) cerró un acuerdo con las cámaras del sector. Como resultado del mismo se establecieron nuevas escalas salariales desde el 1° de abril al 30 de junio de 2024. Además se estableció una nueva discusión paritaria durante la primera quincena de julio.
El acuerdo salarial de la Asimra fue cerrado el 1° de julio de 2024. Las autoridades del sindicato sellaron el acuerdo con las de Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (Adimra), la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (Afarte), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (Fedehogar), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (Caiama) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (Afac).
Este acuerdo se aplica a los trabajadores comprendidos por el Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) N° 233/94, 237/94, 246/94, 247/95, 248/95, 251/95, 252/95, 253/95, 266/95 y 275/75. Sin embargo se excluyen las ramas electrónica y autopartes de la provincia de Tierra del Fuego.
La asignación extraordinaria debe ser liquidada como no remunerativa. No obstante, tiene que considerarse para el pago de aportes y contribuciones a la obra social; los aportes a la cuota sindical; y el aportes solidario a cargo de los dependientes. También debe tomarse para el cálculo de aportes y contribuciones del seguro de vida y sepelio.
Los incrementos también se aplican sobre las horas extras, vacaciones, antigüedad, adicionales de convenio y sueldo anula complementario (Aguinaldo).
Deberá figurar en los recibos de haberes como «Asignación no remunerativa acuerdo Asimra abril – junio 2024» en forma completa o abreviada.
Asimra acordó que los empleadores podrán absorber hasta la concurrencia los valores netos abonados por anticipos y/o aumentos voluntarios a cuenta de futuros aumentos por los períodos abril, mayo y junio de 2024.
Los conceptos no remunerativos pasarán a incorporar al sueldo básico desde el 1° de julio de 2024.
Nuevas escalas salariales de Asimra por rama
• 1: Aluminio – CCT 275/75.
• 3: Ascensores – CCT 237/94.
• 4: Automotores y Componentes – CCT 253/95.
• 5: Bronceros Orfebres y Afines – CCT 251/95.
• 7: Cromo Hojalatería Mecánica – CCT 275/75.
• 8: Electrónica – CCT 233/94.
• 9: Carroceros – CCT 275/75.
• 10: Material Ferroviario – CCT 266/95.
• 12: Fundición – CCT 249/95.
• 13: Fundición de Materiales no Ferrosos – CCT 252/95.
• 14: Fundición y Manufactura de Zinc, Plata y Afines – CCT 247/95.
• 15: Herrería de Obra y Carpintería Metálica – CCT 248/95.
• 16: Mecánica Electrónica y Actividades Complementarias – CCT 246/94.
Bajar acuerdo salarial de Asimra en formato PDF.
LINK: https://j2a4q7b7.rocketcdn.me/wp-content/uploads/2024/07/acuerdo.pdf