Al paquete de medidas que buscan agilizar trámites burocráticos que viene llevando adelante el Gobierno en los últimos días, así como la iniciativa del divorcio exprés que permite disolver el matrimonio en un acto administrativo ante el Registro Civil, ahora se suma la renovación automática de las credenciales digitales de los profesionales de la salud, cuando las mismas hubieren alcanzado la fecha de vencimiento.
A través de la Resolución 4827/2024 el Ministerio de Salud establece que dicha credencial ya no tendrá fecha de vencimiento y su renovación pasará a ser automática, medida que se extiende también a aquellas credenciales digitales ya emitidas que se encuentren vencidas y que pasarán a estar vigentes de manera automática, “exceptuando los casos de aquellos profesionales matriculados ‘sin autorización para ejercer’ y los que, habiendo convalidado o revalidado sus títulos de otro país, no hubieren obtenido al momento de su matriculación residencia permanente en la Argentina”.
De esta manera queda derogado el artículo 4 de la Resolución 3320, dictada a fines de agosto del corriente, que establecía que al momento de ser otorgadas las matrículas, las mismas tenían una validez de cinco años contados a partir de la emisión. Cumplido ese plazo el médico tenía que realizar el trámite de renovación y rehabilitación correspondiente, una normativa que derogaba la Resolución Ministerial 404/08 y modificaba el artículo 1° de la 1692/22.
A principios de septiembre, la cartera que ahora dirige Mario Lugones había dado los primeros pasos estableciendo que la matriculación de los profesionales de todos los eslabones del personal de la salud en Argentina, “serían únicas y obligatorias de forma digital”, quedando los datos registrados a través de la aplicación “Mi Argentina”, y en donde “cada autoridad sanitaria jurisdiccional podrá determinar las profesiones sobre las que instrumentarla y, de corresponder, coordinar su implementación con los colegios o consejos de ley”. De esta manera el carnet de habilitación en formato físico quedaba relegado.
Los cambios entran en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial y responden a las reformas de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, con el fin de optimizar los trámites burocráticos de una manera ágil, con eficacia y eficiencia. Previamente, en 2023, la Secretaría de Calidad en Salud había instruido a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de fronteras a implementar los cambios en materia digital y en esta oportunidad ha prestado su conformidad.
Por su parte el Gobierno argumentó que dicha actualización responde a “los avances informáticos y tecnológicos referentes al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (S.I.S.A.)” a su vez que buscan “racionalizar y optimizar los recursos del Estado, siempre en miras de priorizar el beneficio del administrado”. Que, en ese sentido, la medida objeto de la presente resolución importará un beneficio a los administrados facilitando las gestiones administrativas.
Fuente: Infobae
Previamente, en 2022, se había establecido que esta documentación sea utilizada de forma complementaria “a partir de la integración de los datos correspondientes a la matrícula profesional registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS)”, según consta en la Resolución 1692/2022.