En el año 2024, la Cámara Federal de Casación Penal, confirmó el fallo de la Cámara de Apelaciones de Rosario de anular la sentencia en dictadura sobre la muerte del obispo Carlos Horacio Ponce de León, que ocurrió el 11 de julio de 1977, y por las pormenorizadas investigaciones en democracia, se demostró que fue un asesinato simulado de accidente automovilístico, a la altura de la localidad de Ramallo.
El 10 de julio del año pasado, el fiscal federal, Matías Felipe Di Lello, solicitó al magistrado Bailaque, las indagatorias “al exjefe de Personal y Logística de la Plana Mayor del Área Militar 132 y del Batallón de Ingenieros de Combate 101 de San Nicolás, Bernardo Luis Landa; al exjefe y el exsegundo jefe de la Sección San Nicolás del Destacamento de Inteligencia 101, Omar Andrada y Luis Américo Muñoz, respectivamente; al conductor de la camioneta Ford F-100 con la que impactó el Renault 4 conducido por Ponce de León, al empleado de la firma Agropolo S.A, Luis Antonio Martínez; y el titular registral de la camioneta, directivo de aquella empresa, Sergio Carlos Bottini, quien acompañaba a Martínez el día de los hechos”, figura en el escrito por el pedido de indagatoria.
Pasaron casi 10 meses desde esa solicitud de indagatorias y el argumento de la demora por parte del juez Bailaque es un exhorto al Vaticano.
Por su parte, Fiscalía responde señalando que el exhorto al Estado papal fue enviado el 23 de octubre de 2024 cuando el pedido de indagatoria del fiscal fue tres meses antes por lo “que no formaba parte de los fundamentos por los cuales se pidieron las indagatorias”, sostiene Di Lello en el “recurso de queja por retardo de justicia” firmado el 10 de febrero.
El fiscal federal de San Nicolás recuerda que se investiga “un posible delito de lesa humanidad perpetrado en la última dictadura cívico militar, por lo que la eventual denegación, retardo de justicia” mantienen la impunidad provocando que el Estado nacional argentino “incurra en incumplimientos de las normas, tratados y pactos internacionales” y además añadió Di Lello “impide a los imputados ejercer acabadamente su derecho de defensa e incluso, precisar aspectos relevantes para su situación procesal” de hechos que ocurrieron hace 47 años.
Fuente: El Ciudadano