La Municipalidad de San Nicolás, a través del Departamento de Bromatología, recuerda a los señores comerciantes de alimentos que en el Puesto de Reinspección Veterinaria, sito en Álvarez 64, se presta el Servicio de Control Sanitario que consiste en la verificación de las condiciones de la mercadería, según lo explicado en el certificado sanitario que las ampara.
El visado del certificado, y el control sanitario, se presta con relación a los productos que se destinen al consumo local, aún en aquellos casos en que el establecimiento productor esté radicado dentro del Partido y cuente con inspección sanitaria nacional o provincial permanente.
La inspección veterinaria es de carácter obligatorio y se realiza en los siguientes productos: carnes (bovinos, porcinos, caprinos, en cuartos, medias reses o trozos); menudencias; chacinados; aves; huevos; pescados; mariscos; productos de la caza; pastas, productos de copetín; leche; y derivados lácteos con destino al consumo local.
Los comerciantes minoristas no deberán aceptar mercadería si las boletas o remitos no se encuentran selladas por el Depto de Veterinaria, ya que en este caso se los considera responsables solidarios de la evasión del Control Sanitario, y por lo tanto son pasibles de las sanciones previstas en el Régimen Municipal de Faltas.
Para consultas, comunicarse con el Depto de Bromatología sito en calle Pellegrini 111, teléfono 4489138, de lunes a viernes de 7 a 13 horas.