La Corte Suprema desestimó el pedido de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, quien había solicitado que se hiciera lugar a la recusación interpuesta en primera instancia por el fiscal, Juan Patricio Murray en los casos de delitos de lesa humanidad.
Argumentaron que hubo demoras en la investigación de diversos delitos que involucraron a policías y militares.
El pedido para apartar de las causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura al juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, se basaba en una posición “parcial contraria a la persecución penal" de ese tipo de delitos.
El máximo tribunal no se avocó al tratamiento del caso y rechazó la pretensión fiscal en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que estipula que la Corte, "según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia".
La recusación había sido planteada por el fiscal Murray en una causa que tiene entre sus imputados al ex comisario Luis Abelardo Patti. El dictamen de Gils Carbó, que acompañó el pedido del fiscal de primera instancia, añadió a las consideraciones un informe de la entonces Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento, hoy Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad, sobre las demoras de Villafuerte Ruzo en las investigaciones que versan sobre delitos de miembros de fuerzas armadas y de seguridad durante la última dictadura.
Abuelas de Plaza de Mayo manifestó su "profundo malestar" por esta decisión de la Corte Suprema.