La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización este lunes de un suplemento físico, un suplemento dietario y una serie de productos médicos a través de cuatro disposiciones publicadas en el Boletín Oficial.
Mediante la disposición 165/2020 se fijó la prohibición en el uso, la comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto médico Ecógrafo Turbo, Sonosite, Serie WK2QHZ y los accesorios Fuente, Sonosite, Serie 37417; Transductor C60X, Sonosite, Serie 03Z3JJ; Transductor P10X, Sonosite, serie 03ZPX8; Transductor P21X, Sonosite, Serie 0400KP por el robo sufrido y denunciado por la firma TECNOIMAGEN S.A.
La disposición 167/2020 establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del alimento rotulado: “Mass Gainer – Extra Mass Gainer con Óxido Nítrico y Glutamina – New Technology Supplement Up Cross, RNE N° 02- 035089, RNPA N° 90- 4589/2019”, por estar falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento importador y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal.
Por otra parte la disposición 172/2020 señala la prohibición del uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentre inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional, de todos los lotes y medidas del producto médico rotulado como: INTRAUTERINE INSEMINATION DEVICE – ISPERM –SHIVANI SCIENTIFIC INDUSTRIES PVT. LTD – INDIA – REF fx 7051 por no estar el producto inscripto en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración Nacional, de todos los lotes y medidas del producto médico rotulado e informar de la situación descripta a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud de la Nación.