El Gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó la reglamentación para las nuevas actividades autorizadas, en el Boletín Oficial.
La aprobación incluye tanto las zonas donde desde hoy rige el "distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO), como en las que se mantuvo el aislamiento (ASPO).
Luego de días de su anuncio, la oficialización se dio mediante el Decreto 976/2020 publicado este lunes en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, se reglamentaron las nuevas actividades previstas en las zonas del distanciamiento como las que se mantiene el aislamiento.
En las zonas con DISPO los intendentes podrán habilitar (como viene sucediendo pero ahora será legal) actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, artísticas y deportivas todas con sus respectivos protocolos sin la necesidad de la aprobación del gobierno que encabeza Axel Kicillof.
Una de las novedades, que ya viene sucediendo en casi todos los municipios, tanto los que gobierna el Frente de Todos como Juntos por el Cambio, es que se podrán habilitar bares y restaurantes en sus sectores internos.
En el texto oficial se aclara que durante la vigencia del DISPO se mantienen las medidas de prevención, como el uso obligatorio de barbijos, la higiene de manos, la desinfección contantes de superficies comunes, ventilar los ambientes y mantener una distancia mínima entre personas de dos metros, y el respeto individual de todos los protocolos de bioseguridad.
También en la normativa se indica que se ampliará las autorizaciones para el uso del transporte público. La zona del AMBA y todos los partidos de la provincia de Buenos Aires pasaron al DISPO a excepción de los departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil.
Se anticipó que en zonas de aislamiento se podrán habilitar nuevas actividades con la aprobación de los municipios, que deberán ser autorizados por la provincia. En tanto, ni el DISPO ni el ASPO se podrán incluir autorizaciones por fuera de la Provincia de dos ítems:
Servicio público de transporte de pasajeros interurbano.
Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
En cuanto el retorno a las clases, "el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección General de Cultura y Educación, en forma conjunta, establecerán el procedimiento para el inicio de las actividades educativas y/o socioeducativas de acuerdo al nivel de riesgo de cada distrito.