Interes General
24/01/2024 - 11:46:06



Monotributo: AFIP extendió el plazo para la recategorización


Tal como lo había anunciado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del Monotributo hasta el 5 de febrero.

Según el organismo, "la prórroga del vencimiento responde a razones de administración tributaria, las necesidades de los contribuyentes y las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en Ciencias Económicas".

En este sentido, explica que "tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente", por lo que quienes mantengan la misma categoría o tengan menos de seis meses de actividad se encuentran exentos.

Quienes deban realizar el trámite de recategorización por el aumento o la baja de los ingresos brutos podrán gestionar el cambio de la siguiente manera:

- Ingresar a Monotributo|AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal;

- Seleccionar la opción "Recategorización";

- De esta forma, el sistema mostrará la categoría vigente y los topes máximos;

- Seleccionar la opción "Continuar recategorización";

- Informar el monto facturado en los últimos 12 meses:

- Ingresar los datos correspondientes a la actividad personal, según solicite el sistema, para determinar la nueva categoría;

- El sistema mostrará la categoría correspondiente. Se recomienda verificar la información brindada;

- Si los datos son correctos, deberás hacer clic en "Confirmar Categoría", Por último, el sistema te informará si la modificación se realizó de forma correcta y podrás imprimir tu credencial.


El 1° de enero AFIP actualizó los montos máximos de cada una de las categorías del Monotributo en base a los que los pequeños contribuyentes deben recategorizarse. Estos son los nuevos parámetros y las cuotas a pagar:

Categoría - Ingresos Brutos mensuales desde el 1°de enero de 2024, inclusive - Valor de la cuota mensual

A $ 2.108.288,01 $ 12.128,39
B $ 3.133.941,63 $ 13.561,75
C $ 4.387.518,23 $ 15.241,42
D $ 5.449.094,55 $ 19.066,46
E $ 6.416.528,72 $ 24.526,43
F $ 8.020.660,90 $ 29.223,11
G $ 9.624.793,05 $ 33.439,61
H $ 11.916.410,45 $ 56.402,68
I $ 13.337.213,22 $ 81.121,96
J $ 15.285.088,04 $ 93.619,47
K $ 16.957.968,71 $ 106,964,65

Para evaluar la categoría en la que corresponde estar dentro del Monotributo, es preciso tener en cuenta los siguientes parámetros en relación a los últimos 12 meses.

- Los ingresos brutos acumulados
- La energía eléctrica consumida
- Los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad

Luego, se deben cotejar estos valores con la tabla de categorías del monotributo vigente para saber cuál le corresponde al contribuyente.

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